Jornadas

El marco de actuación de las empresas promotoras-constructoras en el ámbito laboral y de prevención de riesgos

SESIÓN PRÁCTICA

Miércoles, 4 de mayo de 2016.

La reforma laboral suscita numerosas consultas ante el nuevo escenario económico y empresarial. La sesión sirvió para hacer un repaso de los principales aspectos de la normativa así como las diferentes casuísticas empresariales y la jurisprudencia con las que se han resuelto temas tales como la jubilación en sus diferentes opciones, los despidos, las modificaciones sustanciales de las condiciones laborales y la ultra actividad de los convenios, entre otros. También se analizó la normativa de aplicación en prevención de riesgos laborales en el sector promotor constructor, repasando las obligaciones y responsabilidades de los agentes intervinientes. Por último se explicó el estado de las negociaciones entre patronal y sindicatos en el nuevo convenio de la construcción a la provincia de Barcelona.

La primera de las ponencias, “El promotor y la seguridad y salud. Obligaciones y responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales” estuvo a cargo del Sr. Andreu Sánchez, abogado y responsable de Asesoría Jurídica de ASPY Prevención. En su intervención señaló en primer lugar la diferencia entre promotor y promotor-constructor en relación a las obligaciones y responsabilidades señaladas en la PRL. Es promotor toda “persona física o jurídica, pública o privada, que individual o colectivamente decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, obras para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros”. Y es promotor-constructor toda “persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, cono medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras cono sujeción al proyecto y al contrato”. Dicho esto, precisó que la obligación del promotor es informativa y de instrucción, mientras que la del promotor-constructor tiene un deber de vigilancia como empresario.

Es decir, que al promotor la ley lo considera contratista cuando hace directamente una obra con personal de su propia plantilla de trabajadores, contrata directamente a trabajadores autónomos y gestiona directamente la obra total o parcialmente.

Más adelante explicó todo un abanico de casos en los que el promotor contrata parcialmente o a través de los servicios de otra empresa, circunstancias que acercan la figura del promotor a la del contratista, con lo cual sus obligaciones y responsabilidades cambian. El listado de obligaciones en según qué supuestos se completa en función del estado de ejecución material de la obra. Naturalmente también explicó el cuadro de sanciones que la ley tiene establecidos para cada caso, sea por carencia de coordinación, información, responsabilidad civil…etc.

La segunda ponencia, “Aspectos de relevancia en el actual marco jurídico-laboral”, tuvo dos partes: una primera sobre los aspectos laborales, básicamente los despidos colectivos y la ultra actividad, y un segundo sobre determinados aspectos de interés en relación a la Seguridad Social. Fueron las ponentes las Sras. María José Sánchez y Anna Cirera, abogadas de PwC Landwell – PricewaterhouseCoopers Tax & Legal Services. En su intervención trataron tres aspectos esenciales:

  1. El despido colectivo y su marco legal, aportando dos ejemplos de dos sentencias, una sobre despido colectivo y una otro sobre indemnizaciones por despido, como ejemplos del contenido de la ley.
  2. Ultra actividad de los convenios colectivos, explicando primero el marco legal con ejemplos después.
  3. Pronunciamientos judiciales de interés sobre las materias del contenido de la ponencia: registros de jornada, retribuciones por vacaciones, tiempos de trabajo-desplazamientos y cámaras de seguridad.

Respecto de los aspectos de interés en relación a la Seguridad Social, explicaron los conceptos básicos: la edad legal para la jubilación ordinaria, jubilación parcial, compatibilidad de la jubilación con el trabajo y jubilación activa.

La sesión contó con la presencia del Subdirector General de Seguridad y Salud Laboral de la Generalitat de Catalunya, Sr. Jaume de Montserrat, que fue presentado por la Presidenta de la Comisión Laboral, de Prevención de Riesgos y Formación de la Asociación de Promotores de Barcelona, Sra. Eulalia Tort, que también explicó la situación de los trabajos que se llevan a cabo por la elaboración del nuevo Convenio de la Construcción a la provincia de Barcelona.

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