Jornadas

Infraestructura en edificios para la recarga de vehículos eléctricos

SESIÓN PRÁCTICA

Jueves, 3 de junio de 2021.

Sesión realizada por Webinar.

El Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos«, del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo, entró en vigor el 30 de junio de 2015.

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional primera de este Real Decreto los edificios o estacionamientos de nueva construcción deberán contar con unas dotaciones mínimas de la estructura e instalación eléctrica para la recarga de vehículos eléctricos:

  • a) En los aparcamientos en edificios en régimen de propiedad horizontal, deberá ejecutar una conducción principal por zonas comunitarias mediante tubos, canales, bandejas, etc. De tal manera que sea posible la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento, tal como se describe en el apartado 3.2 de la (ICT) BT-52, que dice textualmente: «Esquema individual con un contador común para la vivienda y la estación tansformadora de recarga«.
  • b) En nuevos aparcamientos privados de empresas, cooperativas, oficinas para uso propio del personal o depósitos municipales y en aparcamientos públicos permanentes será necesaria la instalación de un punto de recarga cada 40 plazas de parking.

Durante la sesión expondremos la experiencia práctica en la aplicación de la norma y las últimas tendencias en el mercado.

Documentación presentada

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