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Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, especial referencia al sector inmobiliario

JORNADA

Jueves, 28 de marzo de 2019.

La Asociación de Promotores de Cataluña ha celebrado una nueva sesión delAula Inmobiliaria, que se ha centrado en el análisis de la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, que entrará en vigor el próximo 16 de junio. Esta normativa tiene por objetivo establecer determinadas normas de protección de las personas físicas que sean deudoras, fiadoras o garantes de préstamos garantizados mediante hipoteca u otro derecho real de garantía sobre bienes inmuebles de uso residencial, o cuya finalidad sea adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o inmuebles construidos o para construir.

En la sesión han participado el vicepresidente tercero del APCE, Xavier Vilajoana, quien ha presentado a los expertos invitados, entre quienes destaca Oriol Forner, director de Negocio Promotor de CaixaBank , quién destacó que la directiva busca que las personas entiendan bien qué obligaciones están adquiriendo, puesto que, según él, “la adquisición de una vivienda es probablemente el negocio jurídico más importante que hacen a lo largo de su vida”, y señaló que todavía está pendiente de desarrollarse el reglamento correspondiente que clarifique algunos aspectos de esta regulación.

El abogado de la asesoría jurídica de Negocio de CaixaBank, Tomás Jodar, explicó que esta normativa, que incorpora en el ordenamiento jurídico español la directiva comunitaria, regula tres aspectos diferenciados: el primero, las normas de transparencia y conducta, que imponen obligaciones a los prestamistas e intermediarios de crédito, así como también a sus representantes designados. En segundo lugar, regula el régimen jurídico de los intermediarios de crédito inmobiliario y los prestamistas inmobiliarios; y en tercer lugar, establece un régimen sancionador para los incumplimientos de las obligaciones que determina la ley. Entre las novedades que presenta la nueva normativa destaca el establecimiento de una fase precontractual, que se subdivide en dos: una primera por la cual el prestatario deberá disponer de la documentación e información sobre el crédito inmobiliario con 10 días de antelación a la firma de la hipoteca (14 días en el caso de Cataluña), y una segunda fase en la cual el comprador tiene que visitar a un notario, que dará fe de que el prestatario ha entendido toda la información, deberá ponerse a su disposición para aclarar dudas, y realizarle un test que certifique  que se ha entendido la información facilitada por el prestamista.

Por otro lado, en el articulado se introduce una serie de disposiciones con el fin de reforzar determinados aspectos del régimen jurídico de contratación hipotecaria y de su vida contractual, y reforzar las garantías para los prestatarios en el proceso de contratación, evitando en última instancia la ejecución de este tipo de créditos por vía judicial. En este sentido, Mercedes de Miguel, directora de operaciones de Gesvalt, indicó que con la nueva normativa se busca reforzar la seguridad jurídica y que, de producirse finalmente una ejecución, que esta sea más sencilla, debido a los gastos que supone. De Miguel también analizó las novedades en materia de las valoraciones inmobiliarias, remarcando que la nueva ley contempla que la tasación del inmueble será obligatorio realizarla antes de la concesión del crédito, así como también un sistema de valoración y doble supervisión que, a su parecer, asegura el control interno de este tipo de tasaciones.

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